Dr. Fabián Alejandro Kleiva

Tº 12 Fº 987 C.A.M

ABOGADO

En el desempeño de su profesión, el abogado será asimilado a los magistrados en cuanto al respeto y consideración que debe guardársele (art. 56, ley 5177 y 58 C.P.C.C).

Morón - Buenos Aires - Argentina
Los tres años y medio de carrera Universitaria se la dedico a mi hijo Julián Kleiva